Los presidentes de colegios y universidades públicos y sin ánimo de lucro ofrecen orientación al Senado de EE.UU. sobre la redefinición de la educación a distancia
Los presidentes de siete universidades públicas y privadas sin ánimo de lucro han enviado hoy una carta conjunta al senador Lamar Alexander (republicano) y a la senadora Patty Murray (demócrata) para ofrecerles orientación en el momento en que el Comité del Senado de EE.UU. sobre Salud, Educación, Trabajo y Pensiones (HELP) revisa los requisitos de la educación a distancia dentro de la Ley de Educación Superior.
Como se afirma en la carta, "la normativa federal ha tardado en seguir el ritmo de los avances tecnológicos y las innovaciones en el sector de la enseñanza en línea. Como resultado, la educación a distancia se enfrenta a un futuro incierto, con su viabilidad a largo plazo amenazada por normas obsoletas relativas a la "interacción regular y sustantiva" dentro del estatuto federal... Confiamos en que las siguientes revisiones, que son el resultado de un esfuerzo de colaboración de los abajo firmantes para equilibrar las necesidades de las instituciones públicas y privadas con las protecciones adecuadas para los estudiantes y los contribuyentes, cumplan con estas obligaciones".
Los presidentes de Excelsior College, Arizona State University, Charter Oak State College, Colorado State University - Global Campus, Ivy Tech Community College, Southern New Hampshire University y Western Governors University, recomiendan una nueva definición de Educación a Distancia, una revisión de la definición de curso por correspondencia, datos de resultados estandarizados a nivel institucional y para cada programa de estudiantes.
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20 de febrero de 2018
El Honorable Lamar Alexander
Senado de los Estados Unidos
Presidente de la Comisión de Sanidad, Educación, Trabajo y Pensiones del Senado de Estados Unidos
455 Dirksen Senate Office Building
Washington, DC 20510
La Honorable Patty Murray
Senado de los Estados Unidos
Miembro principal de la Comisión de Sanidad, Educación, Trabajo y Pensiones del Senado de EE.UU.
154 Edificio de oficinas del Senado Russell
Washington, DC 20510
Estimados senador Alexander y senador Murray,
Nosotros, los presidentes abajo firmantes de colegios y universidades privadas sin ánimo de lucro y públicas de toda la nación, escribimos a usted para ofrecer respetuosamente orientación mientras usted revisa los requisitos de la educación a distancia dentro de la Ley de Educación Superior.
En la última década, instituciones de educación superior de todos los tamaños y estatus han adoptado la educación a distancia/aprendizaje en línea como una estrategia innovadora a largo plazo para satisfacer las necesidades de los estudiantes, ofrecer una forma más flexible y rentable de instrucción académica y avanzar en la Agenda de Finalización. En laactualidad, la educación a distancia se ha convertido en un componente omnipresente de la educación superior contemporánea, con más de seis millones de estudiantes que realizan al menos un curso a distancia [1].
Lamentablemente, la Ley de Educación Superior se actualizó por última vez en 2008, y la normativa federal ha tardado en seguir el ritmo de los avances tecnológicos y las innovaciones en el sector de la enseñanza en línea. Como resultado, la educación a distancia se enfrenta a un futuro incierto, y su viabilidad a largo plazo se ve amenazada por normas obsoletas relativas a la "interacción regular y sustantiva" dentro de la legislación federal. Para crear un entorno abierto a la experimentación sensata y que fomente las innovaciones en productos, programas y servicios, el Congreso debe revisar la Ley de Educación Superior en consecuencia.
Por lo tanto, nos alienta su deseo de trabajar de manera bipartidista para redactar un proyecto de ley de reautorización en el Senado y su apertura expresa a la orientación sobre estas disposiciones.
Los republicanos y los demócratas comparten el compromiso de aumentar el acceso, la equidad, la asequibilidad y la responsabilidad, aunque con medios diferentes. Confiamos en que las siguientes revisiones, resultado de un esfuerzo de colaboración de los abajo firmantes para equilibrar las necesidades de las instituciones públicas y privadas con una adecuada protección de los estudiantes y los contribuyentes, cumplan con estas obligaciones.
Animamos a sustituir la actual definición de Educación a Distancia por la siguiente:
Educación a distancia: Salvo que se disponga lo contrario, el término "educación a distancia" se refiere a la educación que proporciona a los estudiantes que no se encuentran en un aula física una interacción sustantiva, que incluye, pero no se limita a, la instrucción, la evaluación, la tutoría/asesoramiento y el apoyo al aprendizaje, habilitado por el fácil acceso al profesorado cualificado, el seguimiento del progreso del estudiante y la intervención activa.
Recomendamos la siguiente revisión de la definición de curso por correspondencia:
Curso por correspondencia: (1) Curso impartido por una institución en el que ésta proporciona materiales de instrucción, por correo o transmisión electrónica, incluyendo exámenes sobre los materiales, a estudiantes que están separados del instructor. La interacción entre el instructor y el estudiante y el apoyo académico, incluido el acceso al profesorado cualificado, es limitada, no es regular y sustantiva, y es iniciada principalmente por el estudiante. Los cursos por correspondencia suelen ser autogestionados y autodidactas.
(2) Si un curso es en parte por correspondencia y en parte residencial, el Secretario considera que el curso es por correspondencia.
(3) Un curso por correspondencia no es educación a distancia.
Además, para mejorar la capacidad de los estudiantes de tomar decisiones informadas a la hora de elegir un proveedor de educación, recomendamos estandarizar los datos de resultados a nivel institucional y para cada programa de estudio:
Transparencia: Poner a disposición datos transparentes de los resultados por programa a nivel de grado y de máster para lo siguiente: (1) tasas de graduación del 100% y del 150%. (2) Tasa de retención de un año. (3) Coste medio anual de la asistencia a tiempo completo, desglosado por matrícula, tasas y costes de vida. (4) Deuda federal de los estudiantes por concepto de matrícula y cuotas.
La Ley de Educación Superior es el medio federal más importante para aumentar la capacidad de las personas de ingresos bajos y medios para financiar una educación postsecundaria. El Senado está en la cúspide de una oportunidad histórica. Cuando usted comience a redactar el proyecto de ley de reautorización, animamos encarecidamente a usted a que tenga en cuenta estas definiciones nuevas y revisadas.
Póngase en contacto con nosotros si tiene alguna duda.
Respetuosamente presentado,
Dr. James N. Baldwin, Presidente, Excelsior College
Dr. Michael M. Crow, Presidente de la Universidad Estatal de Arizona
Dra. Sue Ellspermann, Presidenta, Ivy Tech Community College
Ed Klonoski, Presidente, Charter Oak State College
Dr. Paul J. LeBlanc, Presidente, Southern New Hampshire University
Scott D. Pulsipher, Presidente, Western Governors University
Dra. Becky Takeda-Tinker, Presidenta de la Universidad Estatal de Colorado - Campus Global
[1] Digital Learning Compass, 'Distance Education Enrollment Report 2017 ', https://onlinelearningsurvey.com/reports/digtiallearningcompassenrollment2017.pdf